Con datos tan alarmantes como los presentados en los estudios que encontraron microplásticos en el torrente sanguíneo y en los bronquios pulmonares, así como los que comprobaron la presencia de micro y nanoplásticos en el aire que respiramos, se demuestra la omnipresencia del plástico en nuestro entorno. Este material afecta hoy a todos los ecosistemas del planeta y tiene potenciales efectos sobre la salud de los seres humanos.
A raíz de esta crisis, el 26 de noviembre de 2019 se aprobó en Costa Rica la “Ley para combatir la contaminación por plástico y proteger el ambiente, N°9786”, anunciada con bombos y platillos como la norma que finalmente iba a poner un alto a la acumulación de desechos plásticos en el país y ayudar a resolver esta problemática mundial.
Para asegurar su implementación, la ley le daba al Ejecutivo un plazo de seis meses para emitir un reglamento que viniera a especificar el alcance de sus obligaciones. Además, la ley da un plazo de doce meses más, después de la entrada en vigencia del reglamento, para que la parte principal de la regulación sea implementada en el país, específicamente la prohibición del uso de pajillas plásticas, la prohibición de entrega de bolsas plásticas gratis en comercios y las obligaciones relacionadas con el comercio de botellas plásticas.
De acuerdo con esto, la aplicación obligatoria de todas las disposiciones y prohibiciones de la ley debería haber empezado a mediados del año pasado, aproximadamente en julio del 2021. Sin embargo, casi dos años y medio después de la aprobación de la ley, el reglamento ejecutivo aún no ha sido emitido y, por lo tanto, ninguno de los artículos principales de la ley ha entrado en vigor.
El 04 de abril anterior, el Ministerio de Salud presentó a consulta pública la más reciente versión del borrador del reglamento, en el que se establece un plazo de tres meses desde su publicación, para que el reglamento entre en vigencia. Además, sin justificar las razones para hacerlo, se decidió separar la regulación de la ley en dos etapas. La primera consiste en la aprobación del reglamento ejecutivo y la segunda en la aprobación de una norma adicional, un reglamento técnico, el cual podrá ser aprobado incluso un año después de que el reglamento ejecutivo entre en vigencia.
De acuerdo con esto, aún si el reglamento ejecutivo se publicara mañana, faltaría -al menos-, un año y tres meses más para que el marco regulatorio mínimo para implementar la Ley N°9786 entre en vigencia. Es decir, casi 4 años después de la aprobación de la ley, a pesar de que, según datos del Ministerio de Salud, cada año se producen en el país 165,666.86 toneladas de residuos plásticos, que no tienen un destino claro y en muchas ocasiones terminan en el ambiente. El reciente cambio de gobierno podría implicar un atraso adicional en el proceso.
Cabe aclarar, además, que esta ley es de por sí, un mínimo (in)aceptable de regulación de los productos plásticos en el país. Originalmente, el proyecto de ley incluía metas más ambiciosas, como exigir la recolección de al menos un 50% de las botellas plásticas introducidas en el mercado, y que las botellas se produjeran con al menos un 50% de resina de plástico reciclado. Sin embargo, para el momento de aprobación del proyecto como ley, estas obligaciones habían desaparecido del texto. El borrador actual del reglamento propone imponer un uso obligatorio de tan solo 5% de resina reciclada para la producción de botellas plásticas.
El texto del reglamento ejecutivo introduce además una serie de excepciones a las obligaciones y prohibiciones de la ley que, de no corregirse, podrían hacer prácticamente inaplicable las pocas exigencias que sí se aprobaron. Estas excepciones generan un portillo que le permitirá a muchos evadir las obligaciones de la ley, vulnerando el derecho de la mayoría de vivir en un ambiente sano y ecológicamente equilibrado.
Bajo este escenario, es necesario y urgente crear nuevos instrumentos regulatorios que sí permitan controlar la contaminación plástica en el país de una manera agresiva y efectiva, siguiendo los parámetros establecidos en la Recomendación del Consejo de la OCDE sobre el reúso y reciclaje de envases de bebidas OECD/LEGAL/0159, considerando que asumimos ese compromiso, al convertirnos en el 38 miembro de dicha organización.
El pasado 2 de marzo, en la Asamblea de Naciones Unidas para el Medio Ambiente, más de 175 países (incluido Costa Rica), asumieron el compromiso de desarrollar un acuerdo internacional vinculante para limitar la contaminación causada por el plástico.
Honremos este hito internacional, y nuestro compromiso asumido, a través del desarrollo de políticas públicas nacionales que demuestren una verdadera voluntad de reducir la contaminación plástica y, mientras trabajamos en eso, tratemos al menos de implementar de una manera correcta y eficaz la legislación que -aunque insuficiente-, ya tenemos aprobada. Instamos al gobierno entrante a asumir un compromiso con este tema y regularlo de una manera consistente con el daño ambiental y el riesgo a la salud humana que la contaminación plástica representa.
Por: Fernanda Jiménez Sauter, Asociada TACTIC Estudio Legal