El Salvador crea una nueva Normativa que protegerá tus Derechos de Propiedad Intelectual.
Una Nueva Ley que consta que 340 artículos, entrará en vigencia este febrero del 2025, pues el pasado agosto de 2024, con 59 votos a favor, los diputados de la Asamblea Legislativa aprobaron la creación de La Ley de Propiedad Intelectual, la cual fue publicada el día 15 de agosto del 2024.
Esta Nueva Ley, busca sustituir y a la vez unificar la Normativa de Propiedad Intelectual vigente en El Salvador que data de hace más de 30 años: Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos, Ley de Propiedad Intelectual y la Ley de Fomento y Protección de la Propiedad Intelectual, entre otras.
Dicha normativa trata de ampliar e incluir la protección de la innovación, creatividad, así como facilitar la difusión de información, tecnología, cultura y artes. Asimismo, implementará un mecanismo más amigable a la solución de conflictos.
Cambios más relevantes que traerá la nueva ley:
Uno de los cambios más importantes que trae esta nueva Ley, es la Creación del ISPI (Instituto Salvadoreño de La Propiedad Intelectual), que vendrá a sustituir el Registro de Propiedad Intelectual y tendrá como función tramitar las solicitudes de propiedad intelectual. Este será, una Entidad dependiente del CNR.
Creación del Boletín Oficial del ISPI, este tendrá como función principal, publicar de manera electrónica, los carteles o avisos emitidos por el ISPI, por lo que ya no será necesario realizar las publicaciones en el Diario Oficial y Diarios de Circulación Nacional, este a su vez, busca reducir costos. La Nueva Ley incorpora un nuevo tarifario para los Servicios prestados por el ISPI, así como nuevas modalidades para la presentación de Solicitudes.
El otorgamiento de reducción del 50 % de tasas y en algunos casos la exoneración para sectores como cultura y artes, educación e investigación, así como las pequeñas y medianas empresas (PYMES) y Educación.
Modificación en los plazos de Vigencia de Los Nombres Comerciales, Emblemas y Señales de Publicidad, los cuales, al igual que las marcas tendrán que renovarse por períodos de 10 años. En ese sentido, los Nombres Comerciales, Emblemas y Señales de Publicidad registrados con anterioridad a la Vigencia de esta Ley, tendrán un plazo de 2 años para manifestar el interés de continuar vigentes, por lo que el ISPI otorgará una nueva fecha y plazo de vigencia.
A excepción de los Emblemas y Señales de Publicidad, los Nombres Comerciales tendrán la obligación de acreditar su uso, para que este pueda ser renovado. También, se amplia el plazo de protección a 15 años para los Diseños Industriales. Finalmente, se incluye la facultad de Solicitar la Cancelación por generalización de nombre de un producto registrado como marca. Con la entrada en Vigencia de esta Nueva Ley, se estima también la creación de un Reglamento para la misma.
Artículo elaborado por Wendy Guardado, abogada de Tactic Legal en El Salvador.